La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Corrientes resolvió el reclamo de una trabajadora contra Telecom Argentina S.A., al confirmar la existencia de relación laboral directa durante de 17 años y 10 meses y fijar una indemnización superior a 4 millones de pesos tras aplicar la nueva normativa que derogó multas laborales.
La trabajadora denunció que se desempeñó desde 2004 hasta 2021 en tareas de administración y logística de la flota automotor de Telecom, aunque figuraba contratada por distintas firmas intermediarias.
Al analizar el caso, la Cámara entendió que la relación laboral fue directa con Telecom, aunque mediara la intervención de terceros, aplicando lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley de Contrato de Trabajo: “Los trabajadores que, habiendo sido contratados por terceros con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación.”
El Tribunal valoró la prueba documental y testimonial que acreditó que la mujer trabajaba en las oficinas de Telecom, recibía órdenes de supervisores de la empresa y realizaba funciones esenciales para el funcionamiento de su flota de vehículos.
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada e impuso la condena de $4.132.847,25, al considerar aplicable la Ley 27.742, que derogó multas laborales previstas en normas anteriores.