El juicio de YPF es una de las causas más importantes de la historia del país. No solo por el monto: 16.100 millones de dólares es la mayor condena en la historia de los Tribunales del Distrito Sur de Nueva York, una suma exorbitante incluso para los juzgados de los Estados Unidos. También porque está en juego la empresa insignia de la Argentina. Es, en el fondo, un conflicto identitario, el resultado de una falsa epopeya entre “soberanía” y grandes capitales, la muestra de que las acciones políticas irreverentes tienen graves consecuencias.
Es clave entender entonces qué puede pasar luego de que la jueza Loretta Preska haya ordenado al Estado Nacional entregar el 51% de las acciones de YPF a los demandantes.
Quizás lo primero que hay que saber es que esta orden se dictó como parte de la ejecución de la condena. En los Estados Unidos, a diferencia de en nuestro sistema judicial, la apelación no suspende la ejecución de una sentencia. Es por eso que, aunque la Argentina haya apelado, los demandantes pueden avanzar con embargos de bienes del Estado Nacional para así, cobrar la condena. Así lo vienen haciendo en distintos países (Luxemburgo, Chipre, Irlanda, Australia, entre otros), hasta ahora sin éxito. La única excepción fue en el mismo tribunal en el que ganaron el juicio. Allí lograron que la jueza Preska emita esa funesta orden sobre las acciones de YPF.
Argentina apeló de inmediato y logró un respiro justo al borde de caer en desacato. La Corte de Apelaciones (segunda instancia) del Segundo Circuito de Nueva York concedió un “administrative stay”, una suspensión provisoria de la orden mientras decide si la suspenderá o no hasta tratar la apelación (stay). Aquí los escenarios posibles son esencialmente tres. La Corte de Apelaciones puede:
1. Confirmar el stay y suspender la orden. Esta decisión podría también acelerar los tiempos procesales: la Corte podría convocar audiencia oral de inmediato y abocarse a un tratamiento expedito del caso;
2. Confirmar el stay pero condicionado a que la Argentina presente una garantía, distinta a las acciones de YPF;
3. Denegar el stay. En este caso la Argentina podrá acudir a la Corte Suprema de Estados Unidos, pero no le quedará otra que incumplir la orden. Las acciones de YPF estarán blindadas. Al encontrarse en la Caja de Valores de Buenos Aires, la justicia de Estados Unidos no tiene poder para exigir su transferencia. Aun así, el incumplimiento tendrá un impacto reputacional negativo, especialmente para un gobierno que está buscando volver a los mercados internacionales de crédito.
Para tomar cualquier decisión en este caso pesarán tanto los argumentos jurídicos como el contexto político.
Argentina ya tiene un historial importante en el Segundo Circuito. No es la primera vez que allí se ponen creativos para forzar al país a cumplir. Allá por el 2014 el juez Griesa, antecesor de Preska, también puso a la Argentina contra las cuerdas. En el famosísimo caso NML Capitals impidió que el país pagara a los tenedores de bonos con jurisdicción extranjera sin antes pagar a los holdouts (acreedores que no entraron al canje luego del default de 2002, entre ellos los llamados “fondos buitre”).
La orden de Preska se enmarca en esta tradición de expandir los poderes de la justicia para obligar el cumplimiento de sus sentencias. El contexto, sin embargo, no es el mismo. Cuando Griesa emitió esa orden, la Argentina ya había perdido en todas las instancias, incluyendo la Corte Suprema de Estados Unidos. El juicio, además, era un reclamo por una deuda que, quiérase o no, el país debía honrar. El caso YPF es completamente distinto: se trata de un reclamo por daños y perjuicios en el que la condena debe ser aún revisada en segunda instancia en todos sus aspectos, desde la existencia de un incumplimiento hasta el monto de una eventual pena.
La postura del país es también diferente, más allá del alineamiento estratégico de este gobierno con Estados Unidos. En vez de mofarse del juez y jactarse desvergonzadamente de un desacato como ocurrió hasta fines del 2015, hoy Argentina entiende las nefastas consecuencias de entrar en default y brega por el respeto a la justicia. Defenderá sus intereses hasta el final, pero, llegado al caso, buscará la mejor manera de cumplir.
No tengo dudas de que este contexto influirá en la decisión de la Cámara. Ojalá se consiga la suspensión de la orden de entregar las acciones de YPF. La suerte, todavía, no está echada.
Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral